PAÍS VASCO Y NAVARRA: Límites del régimen simplificado en 2025
La AEAT aclara los límites aplicables en el régimen simplificado.
El tan conocido Decreto ómnibus (RDL 9/2024), entre otras medidas fiscales, prorrogó para 2025 los límites del régimen simplificado de IVA que se venían aplicando desde 2016.
Este Decreto fue derogado al no ser convalidado por el Congreso de los Diputados, y por ello, únicamente estuvo vigente entre el 1 y el 22 de enero de 2025. Esa derogación generó la duda sobre la aplicabilidad de la prórroga.
Pues bien, la Agencia Tributaria ha aclarado la situación al confirmar que los límites vigentes entre 2016 y 2024 también se mantienen en 2025.
¿Cuáles son los límites aplicables en el régimen simplificado?
✓ 250.000 euros (en lugar de 150.000 euros, si no hubiera habido prórroga), relativo al volumen de ingresos anuales aplicable al conjunto de actividades, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales; así como al de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de las actividades empresariales o profesionales, excluidas las relativas a elementos del inmovilizado.
✓ 250.000 euros, relativo al volumen de ingresos anuales, aplicables al conjunto de las actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
Nuestros profesionales le informarán del contenido del régimen simplificado y le ayudarán a calcular el IVA correspondiente a su módulo.-
PAIS VASCO Y NAVARRA: Recupere el IVA de los impagados
Puede recuperar el IVA no cobrado una vez transcurrido un determinado plazo desde la operación.
-
ARABA, BIZKAIA Y NAVARRA: ¿Tiene bienes y derechos en el extranjero?
El próximo 31 de marzo acaba el plazo para presentar la declaración informativa de bienes en el extranjero.
-
PAÍS VASCO Y NAVARRA: Haga un seguimiento de los impagados
No cometa errores en Sociedades y sepa cuándo puede deducir el gasto.
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.